voluntariosRecursos Humanos RRHH Press - El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha estudiado hoy el borrador de Anteproyecto de la nueva Ley del Voluntario de la Comunidad de Madrid que reconocerá la libertad de elección personal de cada ciudadano para ejercer su derecho a colaborar en acciones altruistas en los ámbitos que más se acerquen a sus gustos y necesidades, independientemente de quién los desarrolle.

Esta Ley modifica el ámbito de voluntariado, ya que la normativa vigente de 1994 se restringía a Voluntariado Social (marginación y personas o grupos con especial dificultad), e incorpora un concepto transversal del mismo que abarca acciones de carácter medioambiental, sanitario, cultural, deportivas o cualquier otro tipo.

El objetivo fundamental de esta Ley es promover la participación ciudadana y ofrecer mayor seguridad jurídica al voluntario. Por ello, se está elaborando teniendo en cuenta las sugerencias, aportaciones y propuestas de los propios voluntarios y de las entidades, para poder así dar mejor respuesta a las nuevas necesidades sociales y para promover la cohesión social y económica.

Promover y fomentar el voluntariado

El borrador que ha conocido hoy el Gobierno regional define el concepto de voluntariado, reconoce los derechos y deberes de las personas que ejercen esta actividad, establece el ámbito de actuación de las organizaciones de voluntariado, define quienes pueden ser beneficiarios de la acción voluntaria y establece el trabajo que la Administración autonómica ha de desarrollar para y fomentar el voluntariado.

Así, se regula, por ejemplo, el derecho de los voluntarios a acordar libremente con la organización los contenidos y condiciones de la actividad a desarrollar, a realizar su trabajo en condiciones de seguridad y a estar asegurados contra riesgos de accidente y enfermedad, o su deber de cumplir la normativa de protección de datos propia del sector en el que colabore.

Además, en el ámbito de las entidades, se reconoce que la actividad de voluntariado podrá complementar pero no sustituir relaciones laborales remuneradas y se recoge su obligación de formar y de asegurar a sus voluntarios.

Principales novedades

Entre las novedades propuestas por la Comunidad de Madrid figuran la denominación de la propia legislación, que pasaría a ser Ley del Voluntario para reconocer explícitamente una ampliación del abanico de posibilidades que ofrece el voluntariado, ya que la anterior ley restringía este ámbito al Voluntariado Social, entendido como el encaminado exclusivamente a erradicar situaciones de marginación o a hacer frente a necesidades de personas o grupos en especial dificultad, cuando realmente, en la actualidad, existen muchas otras posibilidades como el medioambiental, el cultural, el deportivo o el corporativo.

La nueva ley incorpora y define la actuación del voluntario en el exterior e incluye el reconocimiento de dos tipos de voluntariado según la vinculación con un proyecto, actividad o iniciativa: el permanente y el esporádico u ocasional para amparar aquellas situaciones en las que una persona pueda realizar una labor altruista sin compromiso de permanencia.

También se incluye el llamado voluntariado de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación), una forma innovadora de hacer voluntariado que ha ido creciendo en los últimos años a la par del aumento de las nuevas tecnologías y la sociedad digital.

Carné de voluntario y financiación

Por otro lado, el borrador de la futura ley prevé la creación, por vez primera, de un carné de voluntario que permita la identificación de las personas que realicen esta labor y facilite al mismo tiempo su trabajo, y se regulará la concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro, que en ningún caso podrán superar el 50% del coste total del proyecto.

RRHHpress


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