Recursos Humanos RRHH Press. Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM), gestor público de infraestructuras y servicios ferroviarios, impondrá obligaciones laborales y sociales a las empresas proveedoras que opten a la ejecución de las obras de electrificación del tren.
Así, además de los requisitos técnicos y económicos, las empresas que trabajen para SFM deberán cumplir diferentes cláusulas sociales y laborales, en aplicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2016 por el que se establecen las directrices de inclusión de cláusulas sociales en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma y su sector público instrumental.
En concreto, las empresas que se presenten deben cumplir determinadas condiciones para garantizar el derecho laboral y de calidad en el empleo de sus trabajadores, la integración en la plantilla de personas con discapacidad, en función de su dimensión, el plan de igualdad entre hombres y mujeres, la inserción laboral de personas con dificultades de acceso al mercado laboral, el cumplimiento de criterios éticos y la transparencia y justicia fiscal.
Por ejemplo, se puntuará la subcontratación de personal por medio de empresas de inserción, centros especiales de empleo o entidades sin ánimo de lucro que desarrollen programas de trabajo protegidos, así como las ofertas que mejoren las condiciones laborales e, incluso, las salariales establecidas en el Estatuto de los Trabajadores o en el convenio del respectivo sector.
Entre las obligaciones de las empresas, éstas deberán cumplir a lo largo de la ejecución del contrato todas las disposiciones legales, reglamentarias y de los convenios en materia laboral. Será aplicable el último convenio sectorial y territorial, sin perjuicio de mejoras.
Por otro lado, se abonará el salario a todos los trabajadores en el transcurso de los cinco primeros días de cada mes, y se deberá mantener toda la plantilla durante la ejecución del contrato o contar con un calendario que detalle el programa.
Si una empresa tiene 50 o más trabajadores, deberá acreditar que cuenta al menos con un 2% de personas con discapacidad igual o superior al 33%. Así mismo, las empresas con más de 250 trabajadores acreditarán el diseño y la aplicación efectiva de un plan de igualdad.
Para ejecutar el contrato, se deberá contratar un 10% de personas con dificultades de acceso al mercado laboral; complementaria o subsidiariamente se podrá subcontratar con una empresa de inserción o centro especial de empleo.
Por último, las empresas deberán tributar al Estado español, estando prohibida la contratación de compañías que, de manera directa o indirecta -a través de filiales o grupos societarios-, tengan su domicilio fiscal en paraísos fiscales.
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