RRHH Press. CEOE y CEPYME han lamentado que el Real Decreto-Ley de medidas laborales aprobado por el Gobierno en el Consejo de Ministros de hoy no va en la dirección adecuada para la recuperación de la actividad económica y del empleo en España, puesto que no incluye modificaciones relativas a la contratación a tiempo parcial.Según estas organizaciones empresariales, la decisión del Gobierno supone, “de nuevo, una oportunidad perdida en la flexibilización de este contrato (a tiempo parcial), cuya utilización está, al menos cinco puntos porcentuales por debajo de la media de los países de nuestro entorno”.
Así, ambas patronales consideran que “se está desperdiciando la ocasión de reactivar la contratación a través de un modelo que ofrece amplio recorrido, que ayuda a la adaptabilidad de las empresas y los trabajadores, conjugada con la adecuada protección y seguridad, y que está siendo un contrato con éxito en muchos de los países europeos”.
Contrato de formación y aprendizaje
En relación con la modificación del contrato para la formación y el aprendizaje, las organizaciones empresariales creen que se aleja mucho del modelo alemán y de la formación dual, al mismo tiempo que introduce rigideces que van a dificultar su utilización por las empresas. Por ello, para CEOE y CEPYME “no afronta las necesidades de contratación de los jóvenes españoles”, y aprovechan para recordar que la tasa de paro juvenil supera en España el 40%.
Por otra parte, las organizaciones patronales afirman no entender por qué se retrasa hasta el primer semestre de 2013 la apertura de un proceso de negociación con los agentes sociales para crear el Fondo de Capitalización, ya que, “si realmente se quiere poner en marcha el citado fondo, debe adelantarse el comienzo de las negociaciones al primer semestre de 2012”, y más aún cuando se ha eliminado el pago del Fondo de Galantía Salarial (Fogasa) al empresario cuando el despido sea improcedente, “vaciando de contenido la norma, ya que los despidos son declarados improcedentes en la inmensa mayoría de los casos”. Por tanto, debería mantenerse el régimen transitorio tal y como estaba previsto en la Ley 35/2010 hasta la entrada en vigor del mencionado Fondo.
Fusión del Fogasa y del SPEE
En cuanto a la integración del Fogasa en el Servicio Público de Empleo Estatal, en el plazo de 6 meses, los empresarios califican dicha medida de “innecesaria y ajena a la función y racionalidad de ambos organismos”.
A este respecto consideran que hay dudas razonables desde el punto de vista jurídico/técnico para que se pueda proceder a la citada integración. Subrayan que la Ley 6/1997 indica que "los organismos públicos tienen personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, en los términos de esta ley".
Añaden, además, que el Fondo de Garantía Salarial se enmarca en las prescripciones de la normativa europea, relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario, que señala que los estados miembros deben crear una institución que garantice el pago de sus créditos a los trabajadores asalariados afectados.
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