Tribunal SupremoRecursos Humanos RRHH Press - La Sala Social del Tribunal Supremo ha estimado los recursos de las empresas Workforce International Contractors Limited y Ryanair Limited sobre el despido disciplinario de un empleado auxiliar de cabina de Ryanair por comerse un bocadillo destinado al pasaje sin abonarlo.

Según ha informado esta semana el Consejo General del Poder Judicial, la resolución no se refiere a la corrección o no del despido, sino a si los tribunales españoles son o no competentes para conocer de una demanda por despido de un trabajador con domicilio en España y residencia habitual en Oslo cuando las empleadoras demandadas tienen domicilio social en otro país comunitario (Irlanda), el contrato de trabajo no se suscribió en España y la prestación de servicios se efectuó fuera de España.

Por ello, el Supremo declara la falta de jurisdicción de los tribunales sociales españoles para conocer de la demanda de despido formulada. Los magistrados señalan que, de acuerdo al Reglamento de la Comunidad Europea, el trabajador debió plantear la demanda de despido ante los tribunales bien de Irlanda o de Noruega.

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