gasolinaRecursos Humanos RRHH Press. El Tribunal Supremo ha avalado que el convenio colectivo de estaciones de servicio obligue a los empleados de gasolineras a denunciar a los clientes que se marchan sin pagar.

Según ha informado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la sala de lo Social del alto tribunal entiende que tal obligación no es contraria a Derecho, y que la empresa puede imponerla al amparo de sus funciones directivas

El Tribunal Supremo ha desestimado así la demanda de conflicto colectivo planteada por el Sindicato de Trabajadores de Repsol solicitando que se declarara contraria al convenio colectivo de estaciones de servicio la obligación de los encargados de estaciones de servicio de denunciar en comisaría los casos en los que el cliente se marcha sin abonar el combustible.

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