Redacción. Las vacaciones de verano son uno de los momentos más esperados del año, pero no siempre salen como se planean. Enfermar, sufrir un accidente o necesitar una baja médica durante esos días puede impedir disfrutarlas con normalidad.
Legálitas, firma de servicios jurídicos, aclara qué ocurre con las vacaciones cuando coinciden con una baja médica y qué derechos tiene el trabajador en estos casos.
El artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que, si la baja médica coincide con las vacaciones, los días afectados dejan de contar como tales. Este derecho se aplica tanto si la incapacidad comienza antes del periodo vacacional como si sobreviene durante este.
El trabajador podrá disfrutar de esas vacaciones en una fecha alternativa una vez finalice la baja, incluso si para entonces ya ha terminado el año natural al que correspondían. El único límite es que no hayan transcurrido más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.
Hospitalización o intervención quirúrgica de familiar
La situación cambia si, durante las vacaciones, un familiar del trabajador es hospitalizado o intervenido quirúrgicamente. Según explica Legálitas, la normativa laboral no permite interrumpir las vacaciones para disfrutar después del permiso retribuido por hospitalización de un familiar. Salvo que exista acuerdo con el empleador o una mejora reconocida por convenio colectivo, ese derecho se pierde al solaparse con el periodo de descanso.
La razón, según la firma, es que los permisos por ingreso hospitalario o intervención quirúrgica de un familiar están vinculados a la atención de esa causa concreta, lo que exige inmediatez entre el hecho y su disfrute. El permiso no puede trasladarse a un momento posterior porque la ausencia al trabajo solo se justifica cuando existe obligación de trabajar, algo que no sucede durante las vacaciones o mientras el contrato está suspendido.
Requisitos para la paralización de las vacaciones por baja
Para que la paralización de las vacaciones por baja médica sea válida, el trabajador debe seguir dos pasos. El primero es obtener la baja médica oficial, emitida por un médico del sistema público o de la mutua, ya que sin ese parte no se interrumpen legalmente las vacaciones. El segundo es comunicarlo a la empresa: aunque el parte suele llegar de forma automática a la compañía, conviene notificarlo cuanto antes y, preferiblemente, por escrito. A partir de ese momento, los días dejan de computar como descanso.
Tras el alta médica, la empresa y el trabajador deben acordar de nuevo las fechas de vacaciones, ya que no pueden imponerse de forma unilateral. Ese nuevo periodo puede disfrutarse inmediatamente después del alta o más adelante, siempre con el visto bueno de la compañía. Las vacaciones generadas en años anteriores que hayan coincidido con una baja médica también pueden trasladarse a meses posteriores, con el mismo límite de 18 meses desde el último mes del año en que se generaron.
La empresa, por su parte, no puede denegar una baja médica. Se trata de una decisión facultativa que, si está correctamente emitida, debe aceptar; rechazarla o ignorarla puede constituir un incumplimiento legal.