Redacción. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimado la reclamación presentada por un ayudante de matadero y ha reconocido su incapacidad permanente absoluta debido a que los problemas de salud que padece —cuadro crónico con trastorno del humor, dependencia de sustancias y rinosinusitis— le impiden el desempeño eficaz de cualquier actividad laboral.
En la sentencia, que puede ser recurrida en casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, el TSJN revoca un fallo de la plaza n.º 4 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Pamplona.
Según el TSJN, la resolución judicial de instancia no valoró claramente las lesiones y limitaciones del demandante. A su juicio, la continuidad del tratamiento psiquiátrico desde 2019 y las secuelas objetivadas le impiden desempeñar con eficacia cualquier actividad laboral.
En primera instancia, según la Sala, no se valoraron adecuadamente estas limitaciones, que se rechazaron al considerar que las lesiones no eran definitivas. El TSJN, sin embargo, concluye que las lesiones son crónicas y que su carácter no definitivo no impide reconocer la incapacidad.
Por este motivo, los magistrados declaran la situación de incapacidad permanente absoluta por enfermedad común, con derecho a pensión vitalicia del 100 % de su base reguladora desde 2024.