RRHHpress. La Xunta de Galicia, a instancias de la Dirección General de la Función Pública, modificará el Decreto 143/2008, de 3 de julio, para adaptar la composición del Consejo Asesor para la Integración de la Discapacidad en la Función Pública a la nueva estructura de la Administración autonómica y de sus departamentos y para actualizar los plazos previstos en sus disposiciones transitorias.Como novedad durante el proceso selectivo se dará un tratamiento diferenciado a las dos turnos en el que se refiere a las relaciones de admitidos, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de aprobados.
No obstante, al finalizar el proceso, se elaborará una relación única en la que se incluirán todos los candidatos que superasen todas las pruebas selectivas, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por el que participen.
El citado decreto, 143/2008, del 3 de julio, creó el Consejo Asesor para la Integración de la Discapacidad en la Función Pública Gallega como órgano técnico, de asesoramiento y participación con la finalidad de estudiar y promover las iniciativas que se desarrollen para alcanzar una inserción laboral efectiva de las personas con discapacidad en la Administración autonómica.
Este consejo se creó adscrito a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por ser en aquel momento el competente en materia de función pública. Desde comienzos de la actual legislatura este departamento está integrado en la Consejería de Hacienda.
Con la nueva estructura el presidente del Consejo Asesor será la persona titular de la consejería competente en materia de función pública, en la actualidad Hacienda; el vicepresidente será la persona titular de la Dirección General de la Función Pública; y el secretario el subdirector general de Provisión de Puestos y Selección de Personal, que tendrá voz pero no voto.
Como vocales habrá representantes de otros departamentos autonómicos, así como de organizaciones sindicales y de cada grupo de discapacidad: física, intelectual, auditiva, visual y enfermedad mental.
Regulación y catálogo de puestos de trabajo
En el plazo de un año desde la publicación de esta modificación el Consejo Asesor elevará a la consejería competente en materia de función pública un borrador de decreto que contenga la regulación del acceso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en el ámbito de la Administración autonómica gallega.
Igualmente, en ese mismo plazo, el Consejo Asesor iniciará las actuaciones para la elaboración de un catálogo de tipos de puestos de trabajo en el ámbito de las mismas, describiendo las tareas fundamentales propias de las funciones de los mencionados puestos, y establecerán el perfil de exigencias y condiciones mínimas de cada uno de ellos teniendo en cuenta las peculiaridades de los distintos grupos de discapacidad.