medicoRRHHpress. La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de la Comunidad Valenciana ha exigido a la Consejería de Sanidad que cumpla con el derecho de sus empleados a poder disfrutar de las vacaciones anuales en aquellos casos en los que no se han podido tener en el momento correspondiente -por enfermedad- aunque haya finalizado el año natural, disfrute también aplicable a los días de libre disposición. Según CCOO, Sanidad está obviando un derecho que debería reconocer, puesto que existen precedentes en sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea que lo establecen como tal.

Las sentencias dictadas durante el 2009 por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (20 de enero de 2009) y por el Tribunal Supremo (24 de junio de 2009, de unificación de doctrina), son de obligado cumplimiento –señala CCOO- en todo el ámbito laboral, sin embargo, la administración valenciana todavía no ha remitido a los centros de trabajo instrucciones para su cumplimiento, con lo que se vulnera un derecho reconocido a los trabajadores, afirma el sindicato.

Según CCOO, La misma actitud demuestra la Consejería de Sanidad ante las sentencias que se producen sobre el disfrute de los días de libre disposición -regulados por el Decreto 137/2003- por el que se regula la jornada y los permisos del personal de las Instituciones Sanitarias de la Consejería de Sanidad. En este documento no se vincula su disfrute a la ausencia de bajas por enfermedad, y la única limitación es que deberán disfrutarse hasta el día 15 de enero del año siguiente.

En esta línea, recuerda CCOO, hay numerosas sentencias de los juzgados de lo Contencioso de la Comunidad Valenciana que ratifican el derecho de los trabajadores a que sus permisos legales no se vean menguados por padecer bajas de enfermedad.

 

Utilizamos cookies propias y de terceros para posibilitar y mejorar su experiencia de navegación por nuestra web. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso.