inaemRRHH Press. El Boletín Oficial de Aragón publicó el jueves la Carta de Servicios del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), un documento a través del cual el organismo informa a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten y acerca de los compromisos de calidad que la Administración adquiere en su prestación. Esta Carta de Servicios fue aprobada por Orden de 15 de febrero de 2010 del consejero de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Aragón.

Contenidos de la Carta de Servicios del INAEM

El contenido global de la Carta de Servicios incluye apartados relativos a los fines y objetivos de la organización, relación de los servicios prestados por el organismo, la normativa aplicable, compromisos de calidad, participación ciudadana y medidas de subsanación o compensación en caso de incumplimiento de estos compromisos.

Plan estratégico

La publicación de esta Carta de Servicios se enmarca en el Plan Estratégico 2009-2011 que ha puesto en marcha el INAEM, así como en el compromiso del Gobierno regional a impulsar la mejora continua en los servicios que presta la Administración autonómica. El documento estratégico en el que se enmarca esta iniciativa contempla, como servicios más destacados: La oficina electrónica, espacios de autoinformación, orientación para el empleo y el autoempleo, formación para el empleo, intermediación entre oferta y demanda de empleo, asistencia a empresas para cubrir sus necesidades de empleo y promoción y fomento del empleo.

En la práctica, para llevar a cabo la prestación de los servicios enumerados las oficinas de empleo asumen los siguientes compromisos:

  • Acceso a la Oficina Electrónica en toda Red de Oficinas de Empleo, haciendo posible el acceso a Internet a todos los usuarios que deseen trabajar con las tecnologías de la información y de la comunicación.
  • Proporcionar atención personalizada, a través de un tutor/a de empleo a los usuarios que demanden un servicio de orientación para el empleo y/o autoempleo e iniciar, en el plazo de 15 días, el servicio de orientación solicitado.
  • Información periódica de la programación de cursos.
  • Actualización permanente de los datos personales y profesionales para ayudarle en una búsqueda de empleo eficaz.
  • Amplia difusión de las ofertas de empleo disponibles.
  • Localización de candidatos en cuarenta y ocho horas.
  • Selección técnica.
  • Facilitar el uso de las instalaciones de la red de Oficinas de Empleo para la selección de personal.

 

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