imagen de la noticiaRecursos Humanos RRHH Press. Más de medio millar de trabajadores laborales de la Xunta de Galicia se han acogido al régimen de jubilación parcial acordado entre la Administración gallega y las organizaciones sindicales.

En concreto, según informa el Gobierno gallego, la Dirección General de la Función Pública aprobó 551 solicitudes de jubilación parcial para el personal laboral de la Xunta, un procedimiento totalmente voluntario que el trabajador puede solicitar a partir de los 61 años.

El empleado público puede solicitar la reducción de su jornada entre un mínimo de un 25% y un máximo del 75%. Las categorías profesionales que concentran mayor número de jubilaciones parciales son las de limpiador, auxiliar de enfermería, auxiliar sanitario, camarero, celador, ayudante de cocina o salte de cocina.

Un nuevo trabajador por cada jubilado parcial

Cada una de las jubilaciones aprobadas por la Xunta se traduce en un nuevo trabajador ocupado, ya que todas las personas que se acogen a la jubilación parcial son sustituidos por otro empleado público que cubre exactamente la parte de la jornada que deja de hacer la persona interesada.

Por lo tanto, el Gobierno autonómico recuerda que este proceso no supone pérdida de efectivos, sino el mantenimiento del empleo y el rejuvenecimiento de las plantillas, ya que la persona que realiza el relevo siempre tiene menor antigüedad en el puesto de trabajo que la persona a la que sustituye.

Así, las 551 jubilaciones parciales ya aprobadas supusieron el acceso a la Administración gallega de otras 551 personas. Estas últimas son seleccionados a través de las listas de contratación temporal de la Xunta de Galicia, elaboradas al amparo del decreto 37/2006.

Antes de que la Xunta resuelva favorablemente la petición de jubilación parcial, trabajador y Administración tienen que llegar a un acuerdo sobre la jornada a realizar y la parte de la jornada que pasará a asumir el empleado relevista. En todo caso, la jubilación parcial facilita el tránsito progresivo desde el servicio activo a la jubilación completa.

Las condiciones de acceso a la jubilación parcial para el personal laboral de la Xunta son tener cumplidos los 61 años, 30 años cotizados y un período de antigüedad en la Administración gallega de, por lo menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.

RRHHpress.com

 

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