UGTRRHH Press. El Secretario de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer, ha rechazado hoy la suspensión de dos años del límite de encadenamiento de contratos temporales contemplada en el art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, una medida incluida en el borrador del Real Decreto Ley que aprobará el Gobierno en el Consejo de Ministros del próximo viernes.

Para Ferrer, esta medida supone “apostar, directamente, por la temporalidad, por el empleo de mala calidad y con menos derechos”.

Este límite al encadenamiento de contratos es, según señala Ferrer, fruto de un acuerdo tripartito alcanzado por sindicatos, patronal y Gobierno en 2006, el denominado ‘Acuerdo para la Mejora del Crecimiento y el Empleo’, que pretendía “potenciar la contratación estable, la contratación indefinida y limitar y reducir la contratación temporal, sobre todo la contratación temporal abusiva”.

Por ello, según Ferrer, estamos “ante una medida aparentemente contradictoria e incoherente”, porque “no se entiende que, por un lado, el Gobierno pretenda suspender, durante dos años, el límite al encadenamiento de contratos temporales y, por otra parte, fomente la conversión de contratos temporales en contratos de fomento de empleo, de carácter indefinido”.

Contrato de formación y contrato a tiempo parcial

Por otro lado, el responsable de Acción Sindical de UGT ha considerado que el contrato de formación y aprendizaje es una modalidad de contratación adecuada, dado que el paro juvenil está en el 43%, el doble que la tasa de paro general; sin embargo, Ferrer apunta que la regulación de esta modalidad “debe reforzarse en línea con los planteamientos sindicales”. En este sentido, el sindicalista asegura que “nuestro sistema educativo de formación profesional debe de adoptar un sistema dual que combine la formación en los centros escolares, con el trabajo en las empresas”, y “la medida del Gobierno solo habla de contratación”, por lo que “el sistema de formación no se adapta en esta línea”.

Por último, Ferrer ha rechazado que se eleve a 30 años la edad para acceder a este tipo de contratos, pues “la edad de 25 años, que tiene un carácter transitorio, que termina este año, ya es elevada”.

 

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