fraudeRecursos Humanos RRHH Press - Un estudio elaborado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), publicado en su revista ‘Dinero y Derechos’, pone de relieve que notarios y registradores cobran de más a sus clientes al ignorar los aranceles aplicables a operaciones de cancelación de hipotecas.

Han sido las facturas remitidas por los propios socios de la OCU las que han puesto de manifiesto prácticas ilegales en el 92% de las mismas, unas prácticas irregulares que podrían haber supuesto el cobro indebido por parte de este colectivo de profesionales a sus clientes de hasta 93 millones de euros en 2010, en función de las 372.042 cancelaciones de hipotecas sobre vivienda realizadas el año pasado.

Ante la gravedad de los hechos, la OCU se ha dirigido al Ministerio de Justicia, a la Dirección General de los Registros y del Notariado y a la Fiscalía para que se requiera al colectivo de notarios y registradores a revisar de oficio todas las facturas relacionadas con cancelaciones hipotecarias desde diciembre de 2007 y a devolver, en su caso, las cantidades indebidamente cobradas a los clientes.

Para la OCU, “es grave que notarios y registradores incumplan la normativa en materia arancelaria aprobada en 2007, que suponía un abaratamiento importante de los trámites de cancelación de una hipoteca. Pero es aún más grave que esa práctica se siga manteniendo a pesar de que ya ha sido declarada incorrecta por la Dirección General de los Registros y el Notariado (dependiente del Ministerio de Justicia) y por resoluciones judiciales como la de junio de 2010 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid”.

La OCU recuerda que desde el cambio normativo de 2007, el notario debe cobrar una cuantía fija de 30,05 euros, sea cual sea el importe de la hipoteca cancelada. Si se suman a ese importe los demás conceptos, resulta que una escritura de 10 páginas no debería costar más de 70 euros. Sin embargo, el importe medio de las facturas incorrectas analizadas por la OCU es de 260 euros.

En cuanto al registrador, este debe aplicar el arancel al capital pendiente de devolver (que es igual a "cero" cuando se trata de cancelar una hipoteca ya pagada) y reducir el resultado en un 90%. El resultado son 2,40 euros, que, añadidos a los restantes conceptos minutables, da una cifra de 24 €, como máximo, no de 144 euros como ha comprobado la OCU.

RRHHpress

 

Utilizamos cookies propias y de terceros para posibilitar y mejorar su experiencia de navegación por nuestra web. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso.