Recursos Humanos RRHH Press – Hoy entra en vigor en Galicia la nueva Ley de Inclusión Social, cuyo objetivo es potenciar la inserción laboral de las personas en riesgo de exclusión para evitar que se cronifiquen estas situaciones.
Según ha informado el Gobierno gallego, una de las principales novedades que incorpora la Ley es el refuerzo de las sinergias entre el área social y el empleo, facilitándose a los usuarios un itinerario único y coherente para el acceso a un puesto de trabajo.
Otra de las principales novedades de la normativa es que articula una nueva Renta de Inclusión Social de Galicia. En este sentido, la palabra “integración” de la denominación original pasa a ser “inclusión”, que será a partir de ahora flexible y modular. Así, con el fin de potenciar especialmente la inclusión laboral, se dividirá en tres tramos distintos: el personal y familiar, el de inserción y el de transición al empleo.
Estas acciones se complementarán con la compatibilización de la Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA), con las rentas obtenidas a través de trabajos esporádicos o de escasa cuantía, evitando con ello “penalizar” a aquellos que acceden a un puesto de trabajo, renunciando al mismo o recurriendo a la economía sumergida.
Hasta ahora “se penalizaba” la realización de trabajos esporádicos o acciones formativas, porque la percepción de la RISGA se reducía o se suspendía. Esto llevaba a muchos beneficiarios a renunciar o, incluso, a esconder estas actividades. Con la nueva normativa, los tramos de inserción y de transición el empleo son compatibles con los accesos parciales a determinados trabajos, así como también se establece la compatibilidad con prestaciones económicas de cuantía menor que la de las pensiones no contributivas.
Con la división en los tres tramos mencionados, personal y familiar, inserción y transición al empleo, se permite que aquellos beneficiarios que no estén en condiciones de cumplir un proyecto de inserción permanezcan en el tramo personal y familiar y, por su parte, se incentiva la incorporación a este proyecto permitiendo la recepción de una cuantía a mayores para aquellos que pasen al segundo tramo.
De este modo, excepto en el tramo básico, todas las cuantías que contempla la nueva Ley de inclusión son mayores a las que se venían recibiendo hasta ahora: tanto los complementos por otros convivientes son mayores, como las cuantías adicionales para fomentar la inserción.
Ayudas de inclusión social
Otra de las novedades de la Ley es la regulación de las Ayudas de inclusión social (AIS), que anteriormente eran denominadas como Ayudas de emergencia social (AES).
Hasta ahora, estas cuantías se destinaban a sufragar situaciones de grave emergencia, pero ahora se destinarán también a actuaciones de acompañamiento o refuerzo de carácter excepcional vinculadas a las medias de apoyo de los diferentes tramos de la Renta de Inclusión Social de Galicia.
Las ayudas de inclusión social, como hasta ahora, estarán destinadas a posibilitar que las personas con una grave situación económica continúen habitando en la vivienda habitual cuando este hecho favorezca el proceso de inclusión, a mejorar la habitabilidad de la vivienda habitual, a la equipación del mobiliario básico de la vivienda o ayudas para atención de necesidades primarias de alimentación, vestido y menaje doméstico.
Por último, en el texto también se fomentan las empresas de inserción laboral y su reconocimiento, así como la adopción de otras medidas de inclusión social como las acciones de discriminación positiva en las políticas activas de empleo.
RRHHpress