Recursos Humanos RRHH Press. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento que han azotado en los meses de enero, febrero y marzo de 2015 la práctica totalidad del territorio nacional, como consecuencia de un frente atlántico que comenzó a afectar a las costas del Cantábrico y por la posterior irrupción de masas de aire frío proveniente Europa central.
Las comunidades autónomas afectadas por los temporales son Galicia, Principado de Asturias, Cantabria, País Vasco, Castilla y León, Navarra, La Rioja, Aragón y Cataluña, además de Islas Baleares, costas del litoral mediterráneo y atlántico peninsular, que han sufrido fenómenos meteorológicos adversos de viento y mar.
A ello se añaden las inundaciones extraordinarias por la crecida del río Ebro que han afectado en los últimos días especialmente a la provincia de Zaragoza.
En materia laboral, el Real Decreto Ley de medidas urgentes establece que los despidos colectivos, suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan causa directa en los daños producidos por los acontecimientos catastróficos tendrán la consideración de fuerza mayor.
El empresario quedará exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión del contrato motivada por los citados acontecimientos. Así mismo, las empresas y los trabajadores por cuenta propia obtendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, correspondientes a los tres meses naturales inmediatamente anteriores a la producción del siniestro.
Además, en relación con el régimen de contratación, se considerarán obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia aquellos que se realicen como consecuencia de los siniestros.
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