imagen de la noticiaRecursos Humanos RRHH Press. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento que han azotado en los meses de enero, febrero y marzo de 2015 la práctica totalidad del territorio nacional, como consecuencia de un frente atlántico que comenzó a afectar a las costas del Cantábrico y por la posterior irrupción de masas de aire frío proveniente Europa central.

Las comunidades autónomas afectadas por los temporales son Galicia, Principado de Asturias, Cantabria, País Vasco, Castilla y León, Navarra, La Rioja, Aragón y Cataluña, además de Islas Baleares, costas del litoral mediterráneo y atlántico peninsular, que han sufrido fenómenos meteorológicos adversos de viento y mar.

A ello se añaden las inundaciones extraordinarias por la crecida del río Ebro que han afectado en los últimos días especialmente a la provincia de Zaragoza.

En materia laboral, el Real Decreto Ley de medidas urgentes establece que los despidos colectivos, suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan causa directa en los daños producidos por los acontecimientos catastróficos tendrán la consideración de fuerza mayor.

El empresario quedará exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social mientras dure la suspensión del contrato motivada por los citados acontecimientos. Así mismo, las empresas y los trabajadores por cuenta propia obtendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, correspondientes a los tres meses naturales inmediatamente anteriores a la producción del siniestro.

Además, en relación con el régimen de contratación, se considerarán obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia aquellos que se realicen como consecuencia de los siniestros.

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