RRHH Press. El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley por el que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (Reass) en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2012.La integración de los 820.000 trabajadores agrarios de media en el Régimen General de la Seguridad Social es una reivindicación histórica de estas personas y de las organizaciones que les representan. Su objetivo es equiparar las prestaciones de la Seguridad Social que reciben los trabajadores agrarios con las del resto de los trabajadores por cuenta ajena.
Ahora la pensión media de jubilación en el Régimen General asciende a 1.130,33 euros/ mes y en el Agrario, a 580,87 euros/mes. La pensión media por Incapacidad permanente es de 958,13 euros mes en el Régimen General y de 500,27 euros en el Agrario. En cuanto a la cotización, la base media en el Régimen General es de 1.700 euros, mientras que la base media de cotización en el Reass es de 986 euros.
La regulación del Régimen Especial Agrario data de 1971 y se ha quedado obsoleta ante los cambios laborales, económicos, sociales y demográficos, lo que produce importantes desajustes en la protección social de los trabajadores por cuenta ajena de este sector -con bajas cotizaciones y exiguas prestaciones-, que redundan en la falta de incentivos para incrementar la productividad agraria y el desarrollo de nuevas iniciativas.
La integración en el Régimen General comporta cambios en el encuadramiento de los trabajadores dentro de los regímenes de la Seguridad Social, en las prestaciones que recibirán y en las cotizaciones. A partir de la entrada en vigor de la reforma, los trabajadores agrarios cotizarán por su salario real, lo que les equiparará al resto de los trabajadores. El anteproyecto establece un periodo transitorio de casi veinte años (2013 a 2031) para llevar a cabo una equiparación gradual y no lesiva con las cotizaciones del Régimen General, que no perjudique la competitividad de las explotaciones agrarias. Con el mismo objetivo el texto establece beneficios en las cotizaciones, con la posibilidad de actualizar cada tres años las reducciones en materia de cotización.
Desde el año 2004, con el Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, y las posteriores leyes de Presupuestos Generales del Estado se han producido incrementos paulatinos en las bases de cotización para facilitar la integración y el reforzamiento de la protección social del colectivo afectado.
Al igual que se hizo con los agricultores por cuenta propia que se integraron en el Régimen de autónomos el 1 de enero de 2008, la integración de los trabajadores agrarios en el Régimen General se hará por medio de la creación de un sistema especial dentro del Régimen General que mantiene la especificidad de este colectivo.
El anteproyecto sigue las directrices del acuerdo firmado el pasado 8 de marzo por el Gobierno, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme y las organizaciones sectoriales Federación Agroalimentaria de CCOO, FTA-UGT, Asaja, Fepex y Comité de Gestión de Cítricos, en cumplimiento de los acuerdos de 13 de julio de 2006 y de 2 de febrero de 2011 suscritos en el marco del diálogo social. Además representa un paso más en el mandato del Pacto de Toledo de integración de regímenes del sistema de Seguridad Social en dos grandes bloques, el de trabajadores por cuenta ajena dentro del Régimen General y el de trabajadores autónomos, dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta).