correosRecursos Humanos RRHH Press - El Juzgado de lo Social nº 3 de Alicante ha dado la razón a un trabajador, afiliado al Sindicato Solidaridad Postal, que reclamó a Correos los salarios dejados de percibir por haberse saltado el operador postal el orden de la bolsa de empleo de la localidad de Guardamar del Segura y adjudicar a otro trabajador un contrato de un año que correspondía al demandante.

Según informa el sindicato, el Juzgado de lo Social condena en su fallo a Correos a abonar todas las cantidades dejadas de percibir por el trabajador demandante por la no formalización de dicho contrato de un año, a razón de 49,73 euros por día.

Tal y como se señala en el relato de hechos probados de la sentencia, el día 15 de febrero de 2010 la empresa tuvo la necesidad de formalizar dos contratos de trabajo, uno de tres días y otro de un año, adjudicado el contrato de tres días al trabajador demandante, que ocupaba el puesto nº 5 de la bolsa, y el contrato de un año al que ocupaba el nº 6 de la bolsa.

Solidaridad Postal señala que el procedimiento de contratación de la convocatoria para formar bolsas de empleo de correos obliga a contratar según el orden de preferencia, y la magistrada entiende que las excusas de la empresa en cuanto al carácter de urgencia para formalizar el contrato de un año no son válidas.

Correos, según señala la sentencia, no adjudico el contrato de un año al trabajador demandante, saltándose la normas de prelación pactadas en convenio, por lo que la demanda debe ser estimada al no haberse respetado la preferencia del demandante.

RRHHpress

 

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