imagen de la noticiaRecursos Humanos RRHH Press. La firma de servicios empresariales, EY, ha recordado que el próximo 1 de julio entra en vigor la reforma del Código Penal aprobada el 30 de marzo de este año, que delimita de forma más precisa los requisitos que deben cumplir las compañías para ser eximidas de responsabilidad penal, aspecto que alinea la legislación española con buena parte de los países anglosajones, como Estados Unidos.

Según señalan desde EY, el Código Penal recogía históricamente de forma expresa la imposibilidad de que una compañía pudiera delinquir; sin embargo, con la reforma introducida en el año 2010 se incorporaba al ordenamiento español la responsabilidad penal de la persona jurídica para las empresas que no demostrasen un “debido control”.

Pilar Fernández Bozal, Socia Responsable de Legal de EY en Cataluña moderó ayer en Barcelona una jornada impulsada por EY en la que Francisco Bañeres, Teniente Fiscal de la Fiscalía de Cataluña, responsables del área de Fraud Investigation & Disputes Services (FIDS) de EY y responsables de cumplimiento penal de destacadas empresas debatieron en torno a la implementación de la normativa y sus implicaciones. La jornada contó con la asistencia de una amplia representación empresarial catalana, tanto de empresas multinacionales como locales.

Avances que muestran a las empresas como actores sociales responsables

La nueva normativa contempla que los delitos que una empresa cometa en el marco de sus actividades con el objetivo de obtener cualquier tipo de beneficio podrán suponer la imputación penal de la compañía. En caso de que los tribunales demuestren la comisión del delito, las penas a las que se enfrentarán las empresas irán desde las multas económicas o la inhabilitación para obtener subvenciones, a la intervención judicial o, directamente, a la disolución de la empresa.

Solamente las compañías que demuestren contar con mecanismos de control interno eficaces para la prevención de delitos podrían quedar exentas de esta responsabilidad.

Según Bañeres, si bien aún está por ver la interpretación que harán los tribunales, los beneficios de esta reforma legal son claros. “Esta reforma del Código Penal supone un paso más en la responsabilidad de las empresas como actores sociales, en línea con otras que ya han empezado a asumir en los últimos años en materias como la gestión medioambiental o la Responsabilidad Social Corporativa”, ha señalado.

Desde el servicio de Fraud Investigation & Disputes Services de EY, Miguel Ángel Berzal y Jordi Riera, Socio y Senior Manager respectivamente, mostraron cómo la implantación de mecanismos para la prevención de delitos ha ofrecido resultados notables en las empresas pioneras que han confiado en EY para su puesta en funcionamiento.

Además de ser un eximente para la persona jurídica en caso de delito, estos mecanismos mejoran notablemente el control de procesos e impulsan la concienciación del personal acerca de la posible comisión de delitos.

Planes a medida de cada empresa para obtener retorno

Representantes de las áreas legales y de Compliance de algunas de esas empresas, como Gas Natural Fenosa, CIRSA y Technip Iberia, protagonizaron un debate en el que destacaron que, pese a la complejidad inicial del desarrollo de estos modelos en sus realidades corporativas, han percibido un notable retorno en diversas áreas, especialmente en lo relativo a control de procesos, y ha aumentado su consciencia sobre el papel de las empresas en la realidad social.

Eva Abans, Socia Directora de la oficina de Barcelona de EY, clausuró la jornada incidiendo en que la eficacia de la aplicación de esta normativa radica esencialmente en la creación de planes “a medida” para la realidad de cada compañía, algo en lo que EY destaca como un socio útil que se ha adelantado a la reforma legal y cuenta ya con una amplia experiencia.

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