legalRRHH Press. El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, por la que los tribunales de este orden jurisdiccional asumirán todos los asuntos relativos a accidentes laborales, seguridad e higiene en el trabajo, prestaciones públicas y vulneración de derechos en el ámbito laboral, especialmente acoso y discriminación, con exclusión de los casos penales, litigios sobre recaudación de la Seguridad Social y las excepciones concursales.

De esta manera, se evitará el peregrinaje jurisdiccional en casos que concluyen en procesos paralelos en los Juzgados de lo Social, Civil o en el Contencioso-administrativo.

Al clarificar el orden judicial competente, se mejora la protección judicial, lo que representa mayor seguridad para el mercado laboral, más transparencia y menor gasto para empresas y trabajadores. Quedan al margen los casos penales, litigios sobre recaudación de la Seguridad Social y las excepciones derivadas de los procesos concursales.

El Anteproyecto de Ley, que se enmarca en el Plan General de modernización y reforma del sistema español de Justicia, constituye una auténtica jurisdicción social, especializada y con competencia plena en los asuntos relativos a los derechos de los trabajadores y a las prestaciones públicas de protección y asistencia social.

Esta Ley, que agilizará y reducirá costes, contribuyendo así al proceso de recuperación económica, ofrece al trabajador y a los beneficiarios de las prestaciones sociales una respuesta judicial más homogénea y eficaz.

El procedimiento hasta ahora

Hasta la actualidad, antes de que entre en vigor Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, un mismo hecho puede ocasionar varios procedimientos en órdenes jurisdiccionales distintos (social, civil, contencioso-administrativo y penal). Como consecuencia de ello se producen demoras en la obtención de una respuesta judicial completa, por lo que el afectado no sabe a qué juez acudir y puede tener que ir a dos, incluso a tres, que pueden estar en diferentes ciudades. Así, no existe un tratamiento unitario de los problemas, lo que puede ocasionar discrepancias en el tratamiento de casos similares, pues cada orden jurisdiccional resuelve conforme a sus criterios y procedimientos (por ejemplo, en el caso de indemnizaciones), pudiéndose producir disfunciones, porque las decisiones de un juzgado condicionan o influyen en las de otro.

Con la nueva ley

Gracias a la nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, un solo procedimiento, como regla, sirve para resolver las disputas originadas en el ámbito laboral y de protección social, decidiendo un mismo juez todas las cuestiones sobre todos los intervinientes.

Además, la nueva normativa pretende facilitar una respuesta especializada, considerando al juez de lo Social como el más capacitado para resolver litigios sobre los derechos de los trabajadores y las prestaciones sociales, porque es su ámbito natural de conocimiento.

La nueva ley aporta agilidad y eficiencia, evitando duplicidades, gastos y complejidades innecesarias, y una mayor seguridad jurídica, evitando contradicciones y disfunciones.

Principales objetivos

Según el informe presentado al Consejo de Ministros por el titular de la cartera de Justicia, sobre el Anteproyecto de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, esta nueva ley tiene como objetivos mejorar la protección judicial de los derechos de los trabajadores, agilizar y reducir los costes de los procedimientos judiciales, ampliar la base social de la economía - potenciando la participación de los actores sociales y de todos los trabajadores independientemente del tipo de relación laboral-, aumentar la seguridad jurídica en el mercado laboral y sustituir la vigente Ley de Procedimiento Laboral por una norma completamente nueva, evitando la dispersión normativa y la inseguridad jurídica que podría producir una nueva reforma.

 

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