Confirmado el derecho de una madre soltera a recibir la misma prestación por cuidado de hijo que las familias biparentales

Redacción. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra la resolución de instancia en sentencia de 1 de diciembre de 2021 del Juzgado de lo Social nº 2 de Bilbao, que reconocía a una madre monoparental su derecho a la prestación económica por la reducción de jornada para el cuidado del lactante.

Por ello, la madre va a recibir la misma prestación del INSS para el cuidado de su hijo que recibiría una familia biparental, tras adquirir firmeza, el pasado 6 de mayo, la sentencia de la Sala de lo Social del TSJPV del pasado 12 de abril, que no ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Utilizamos cookies propias y de terceros para posibilitar y mejorar su experiencia de navegación por nuestra web. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso.