RRHHpress. Según ha informado el diario deportivo Marca, en su edición de Internet, el Real Madrid cuenta con informes, tanto de sus propios servicios médicos como de prestigiosos cardiólogos españoles y europeos, que desaconsejan que el futbolista de la primera plantilla del club, Rubén dela Red, vuelva a jugar al fútbol por un problema cardiaco.Según Marca, ninguno de estos especialistas –consultados por el diario- que han visto a de la Red “se atreve a dar el alta al jugador después de estudiar el resultado de todas las pruebas y elaborar un diagnóstico por un problema serio de corazón".
Los médicos consultados por Marca elaboraron un informe con el diagnóstico de la enfermedad de corazón que afecta al jugador del Real Madrid, en el que señalan los riesgos a los que se expondría de la Red en caso de volver a jugar al fútbol.
Marca adelantó en exclusiva el jueves que el Real Madrid estaba tramitando la baja definitiva de su jugador, y que el informe sobre la misma ya obra en poder de la Seguridad Social.
Comunicado emitido ayer por el Real Madrid sobre el caso ‘de la Red’
El Real Madrid Club de Fútbol comunica que:
- El Real Madrid, como club de fútbol, y todos sus jugadores con contrato laboral están sometidos a la legislación laboral actual.
- Cuando el jugador Rubén de la Red sufrió el síncope agudo causó baja en la Seguridad Social, como es preceptivo. Es en ese momento cuando se inicia el período de Incapacidad Temporal, que todavía se mantiene hoy, transcurridos 15 meses.
- La baja médica fue tramitada como accidente de trabajo, ya que el síncope agudo que sufrió el jugador se produjo desarrollando su profesión de futbolista. Y, como en el caso de cualquier trabajador en España, la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo se hizo cargo del seguimiento del proceso de esta Incapacidad Temporal, en su función como delegada de la Seguridad Social.
- Una vez transcurrido un año de Incapacidad Temporal es preceptivo, según la Ley de Seguridad Social, que la Mutua emita un informe sobre la posibilidad de continuar de baja en Incapacidad Temporal hasta el máximo de 18 meses que contempla la ley, o si, por el contrario inicia la propia Mutua un expediente de invalidez porque considere que la perspectiva médica sea de imposibilidad de curación en dicho plazo.
- Este proceso administrativo, regulado por Ley y gestionado por la Administración Pública, es de obligado cumplimiento para la empresa empleadora, en este caso el Real Madrid, que ni siquiera es parte en dicho proceso, y que está a la espera de ese informe que deberá emitir la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo.
- El club ha cumplido en todo momento la ley y, por supuesto, todos y cada uno de los compromisos contractuales adquiridos con nuestro jugador.
- El Real Madrid ha permanecido siempre a disposición del jugador y le reitera su apoyo y solidaridad.
Secuencia del desmayo