medicoRRHH Press. Los trabajadores con empleo temporal o discontinuo tendrán acceso a la asistencia sanitaria en los períodos en los que el trabajador no esté dado de alta en la Seguridad Social.

Sanidad pretende con esta iniciativa facilitar la asistencia sanitaria continuada a los ciudadanos despedidos en Galicia, que automáticamente accederán como trabajador, como persona sin recursos o como beneficiario, y podrán recibir una atención de mayor calidad por parte de la Administración sanitaria. Al mismo tiempo, las unidades provinciales de Tarjeta Sanitaria de las Jefaturas Territoriales verán disminuida su carga de trabajo por la simplificación de los trámites.

De este modo, la Administración Sanitaria de Galicia se convierte en la primera en adaptar sus trámites a la situación socioeconómica actual. Efectivamente, la crisis actual y el aumento del número de desempleados en busca de trabajo ha provocado que muchos trabajadores, con entradas intermitentes en el mercado laboral, tengan que estar tramitando constantemente el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria, bien como trabajador, por el tiempo que había durado el trabajo y el subsidio, bien como persona sin recursos o como beneficiario, ante el Instituto Nacional de Seguridad Social y, después, ante las unidades provinciales de tarjeta sanitaria de la Consejería de Sanidad y el SERGAS.

Las dos vías contempladas en la Seguridad Social para el reconocimiento del derecho a las prestaciones sanitarias para estos casos, y que dan derecho a la asistencia sanitaria en toda España, son la de ponerse como beneficiario de un titular de la Seguridad Social, con el que conviva y del que dependa económicamente, o solicitar como persona sin recursos económicos suficientes, si cumple los requisitos.

Hace tiempo Galicia creó el Código 29 para los ciudadanos que residen en la Comunidad Autónoma, respetando el derecho a la asistencia sanitaria en Galicia, tanto si trabajan o no en ese momento. En el resto de España el derecho no está garantizado si constan sin derecho a la asistencia sanitaria en la base de datos de la Seguridad Social.

Racionalización de trámites

Mediante este proyecto normativo, la Consejería de Sanidad regula la racionalización del reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria de otras personas, como los extranjeros comunitarios pertenecientes a países de la Unión Europea con Seguridad Social propia o de países terceros, pero que cuentan con sistema de aseguramiento también propio.

De este modo, la Consejería de Sanidad podrá emitir el cargo de gasto de asistencia al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y este a la entidad aseguradora del país de origen, que es la que debe cubrir el reconocimiento y realizar la compensación económica de la asistencia sanitaria prestada a sus asegurados.

Esta Orden, además, aplica los mismos criterios de residencia en ayuntamientos de Galicia que se aplican a los ciudadanos españoles que, por razones de trabajo o familiares, pasan más de un cierto tiempo en la comunidad autónoma gallega.

Esta medida se enmarca en el plan de preparación del SERGAS a la aplicación de la directiva relativa a los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, recientemente aprobada en la Unión Europea y que entrará en vigor en el último trimestre de 2013.

 

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