Recursos Humanos RRHH Press – La Xunta de Galicia ha aprobado una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para promover el autoempleo y la actividad emprendedora de las personas emigrantes retornadas y de sus familiares directos, según ha informado el Ejecutivo regional.
Con estas subvenciones, que cuentan con un tope máximo de 6.000 euros por solicitud, el Gobierno gallego pretende que el retornado aproveche el bagaje, conocimientos y experiencias profesionales y personales conseguidos en el Exterior en beneficio de toda la comunidad, cree nuevos puestos de trabajo al tiempo que consolida su vuelta a la tierra, e incluso contemple Galicia como destino para la inversión de su patrimonio.
El Gobierno gallego señala que con estas ayudas se incentiva que los proyectos que tengan en mente las personas de vuelta en la Comunidad tomen forma lo antes posible y ayuden a la recuperación del tejido económico en la Galicia territorial, a través de iniciativas nacidas dentro y también fuera del territorio, especialmente aquellas generadas a raíz de experiencias profesionales en el Exterior. Al mismo tiempo, se consigue añadir viabilidad a los proyectos del gallego residente ahora fuera de su tierra.
Objetos de la subvención
Con estas ayudas a los emigrantes retornados se subvencionan los gastos iniciales que lleva consigo el establecimiento de las personas emigrantes que han regresado a Galicia y de sus familiares directos bien como trabajadores autónomos o por cuenta propia, o bien como socios trabajadores de sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado.
Así, son objeto de subvención para los destinatarios hasta el 80% de los gastos de notario y registro, tasas, licencias administrativas, material de oficina no inventariable y honorarios profesionales externos, con un tope de ayuda de 3.000 euros para autónomos y 5.000 para sociedades laborales o cooperativas, con 1.000 euros a mayores si la persona solicitante tiene 39 años o menos.
Los requisitos para acceder a las subvenciones son cumplir la condición de emigrante retornado (nacionalidad española y que no hayan transcurrido más de dos años desde la vuelta a España), que tenga fijada su residencia en Galicia, y que esté dado de alta en algunos de los regímenes de la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional que le corresponda.
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