Recursos Humanos RRHH Press. El Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), ha seleccionado las siete agencias de colocación encargadas de prestar los servicios para la integración de desempleados en el mercado laboral.
Para ello destinará un presupuesto de 657.125 euros, cuyo fin es que los demandantes de empleo inscritos en las oficinas del INAEM puedan acceder a un puesto de trabajo. Esta actuación estará vigente hasta el 29 de diciembre de 2015.
Según ha explicado el Ejecutivo regional, las agencias de colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro que, en coordinación y en su caso colaboración con loa servicios públicos de empleo, realizan actividades de intermediación laboral que tienen como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.
El objeto del contrato realizado con las agencias de colocación por el INAEM es la prestación de servicios de inserción de las personas desempleadas que se remitan por el citado Organismo a las agencias de colocación.
Esta colaboración público/privada se ejecuta dentro del Acuerdo Marco realizado por el Servicio Público de Empleo Estatal para la selección de Agencias de colocación al cual se adhirió el Gobierno de Aragón y en línea con el Plan Estratégico del INAEM 2012-2015 como formula de gestión de las Políticas Activas de Empleo.
De este programa que ahora se pone en marcha en Aragón se beneficiarán 704 personas, a las que se realizará un diagnostico de empleabilidad con su correspondiente itinerario personal y a quienes se acompañará hasta su inserción con el objetivo conseguir trabajar un mínimo de seis meses.
No se considerará inserción ni las prácticas formativas o prácticas no laborales en empresas que no constituyan relación laboral. Tampoco tendrá la consideración de inserción el alta del trabajador desempleado como trabajador autónomo o por cuenta propia o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral, aún cuando dé lugar a su inclusión en un régimen de seguridad social por cuenta ajena.
Se considerará inserción cualquier tipo de contrato laboral por cuenta ajena que suponga el desempeño de un puesto de trabajo por cada una de las personas desempleadas remitidas por el INAEM, a las agencias adjudicatarias, incluyendo en todo caso los contratos de carácter indefinido, los contratos en prácticas, y los contratos para la formación y el aprendizaje.
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