imagen de la noticiaRecursos Humanos RRHH Press. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado destinar 8,5 millones de euros a la inserción laboral a través de agencias de colocación de jóvenes, parados de larga duración y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción.

En total, se ha incrementado en un millón de euros con respecto al año pasado la partida destinada a este programa de colaboración de los Servicios Públicos de Empleo con las agencias de colocación, y se prevé que puedan beneficiarse cerca de 5.000 desempleados madrileños.

Esta cuantía se reparte en siete lotes, cada uno de los cuales enfocado a la inserción de un segmento de la población con problemas para su inserción laboral. Cuatro de estos lotes se dirigen a desempleados con discapacidad igual o superior al 33%, desempleados en riesgo de exclusión social perceptores de la Renta Mínima de Inserción, desempleados jóvenes menores de 30 años, que no tengan más de 24 meses en el paro, y desempleados de larga duración menores de 30 años.

Los otros tres lotes están destinados a desempleados de larga duración de entre 30 y 44 años, desempleados de larga duración de entre 45 y 54 años y desempleados de larga duración de 55 o más años.

Agencias adjudicatarias

Cada agencia de colocación únicamente podrá resultar adjudicataria de un lote, aunque podrá optar a varios indicando su orden de prioridad. Excepcionalmente, podrían ser adjudicatarias de varios lotes en el caso de que alguno o algunos de ellos resultaran desiertos.

Las agencias que logren ser adjudicatarias del servicio deberán realizar, entre otras tareas, labores de orientación, formación y ayuda en la búsqueda de empleo, y no percibirán la totalidad de la cantidad a percibir hasta haber conseguido la inserción laboral de los candidatos.

Subvención vinculada al éxito de la inserción

La práctica totalidad de la cuantía, concretamente el 85 % de la misma, se recibirá una vez haya sido efectiva la inserción laboral del desempleado con el que se ha estado trabajando, y el 15 % cuando se haya constatado que se ha realizado la labor de intermediación, asesoramiento u orientación y que al menos una de estas acciones haya sido individual o personalizada.

Se entiende que la inserción laboral ha sido efectiva cuando el desempleado haya conseguido un contrato de trabajo y se haya mantenido en su puesto de trabajo durante al menos seis meses a tiempo completo en un período de ocho meses y de seis meses en un año en el caso de los fijos discontinuos.

RRHHpress.com

 

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