Redacción. Inspección de Trabajo ha sancionado a Ryanair por no alcanzar el salario mínimo interprofesional (SMI) las retribuciones pagadas a sus tripulantes de cabina de pasajeros, según ha informado Unión Sindical Obrera (USO).

El sindicato denunció ante Inspección de Trabajo en septiembre de 2021 los contratos de pago por horas y sin salario base aplicados por Ryanair y sus agencias de contratación a los tripulantes de cabina de pasajeros, prácticas que han motivado la sanción a la aerolínea.

USO explica que, tras analizar la documentación aportada, Inspección de Trabajo ha determinado que, al no especificarse si se trata de contratos a tiempo completo o parcial, tienen que considerarse a tiempo completo y deben percibir como retribución el salario mínimo interprofesional.

Inspección de Trabajo ha constatado que existen retribuciones percibidas por los tripulantes de cabina de Ryanair inferiores al SMI vigente en el momento de la denuncia presentada por USO-Sector Aéreo.

Por ello, Inspección de Trabajo ha iniciado procedimiento sancionador por la comisión de una infracción grave en materia de relaciones laborales, con multa que oscila entre los 751 y los 7.500 euros.

En esa misma denuncia ante Inspección de Trabajo, el sindicato USO también reclamaba supervisar los contratos por horas a los tripulantes de cabina realizados a través de las agencias Workforce y Crewlink Ireland Limited, resultando también abiertos procedimientos sancionadores por infracción grave en materia de relaciones laborales.

USO destaca que Inspección de Trabajo “vuelve a dar la razón a USO y a sancionar las prácticas ilegales de la aerolínea irlandesa”, al entender que, “con independencia de que las retribuciones estén directamente vinculadas con las horas de vuelo efectivamente realizadas, la empresa tiene la obligación de garantizar la percepción, con carácter mensual, de, al menos, la cantidad establecida como salario mínimo interprofesional, ya que, de otra forma, sin el abono mensual de, al menos, esa cantidad, no resultaría posible alcanzar el objetivo que la normativa en materia de salario mínimo persigue, que no es otro que el de hacer efectivo el derecho a una remuneración equitativa y suficiente que proporcione a las personas trabajadoras y a sus familias un nivel de vida decoroso”.

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