Redacción. El Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (TSJIB) ha confirmado una sentencia que reconoce la incapacidad permanente parcial para su profesión a una ingeniera de telecomunicaciones, derivada de una limitación funcional en un brazo tras una caída.
El fallo ratifica la decisión de un juzgado que declaró el derecho de la trabajadora a percibir una prestación equivalente a 24 mensualidades de su base reguladora, fijada en 2.541,41 euros, lo que suma un total de 60.993,84 euros.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) han sido condenados a abonar dicha cantidad.
Según los antecedentes recogidos en la sentencia, la ingeniera, que desempeña su labor como técnico comercial en instalación de energía solar, sufrió en marzo de 2022 una caída no laboral que le provocó una impotencia funcional en el codo derecho y antebrazo.
Tras una intervención quirúrgica, en la que se le fijaron placas y tornillos, la trabajadora presenta secuelas como incapacidad para cerrar la mano, dolor, imposibilidad de elevar el brazo y otras limitaciones funcionales. Ante esta situación, la empresa adaptó su puesto de trabajo y eliminó las tareas de campo, debido al riesgo que implican.
La entidad gestora argumentó que la adaptación realizada por la empresa permite a la empleada desempeñar su puesto de trabajo. Por su parte, la defensa de la trabajadora solicitó la confirmación del fallo, basándose en el cuadro clínico, las restricciones indicadas por el servicio de prevención y el certificado de la empresa sobre la adaptación del puesto.
Además, se aportaron informes médicos que desaconsejan esfuerzos con el brazo afectado y un informe pericial que detalla las limitaciones funcionales.
El alto tribunal balear señala en la resolución que el examen del recurso “debe partir de los inalterados hechos probados principales y que judicialmente han sido descritos, por cuanto ninguna modificación ha sido obtenida conforme a los requisitos propios, no resultando procedente a efectos de estimación del recurso la valoración de referencias con perfil fáctico que no vengan estrechamente relacionadas con la descripción fáctica contenida en la sentencia recurrida”.
Añade el tribunal que “la propia parte recurrente acepta la falta de modificación de hechos probados, de modo que los hechos contenidos en la sentencia han de regir a la hora de resolver el recurso. Es función judicial esencial en la instancia alcanzar una conclusión sobre la incapacidad permanente parcial en función del cuadro clínico y las limitaciones funcionales a contrastar con la profesión desarrollada. La sentencia, teniendo en cuenta el razonamiento anterior y con la descripción fáctica realizada, conlleva la imposibilidad de realizar las tareas relacionadas con las limitaciones señaladas, no existiendo motivo para reformar el criterio judicial dictado en instancia”.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala Social del Tribunal Supremo.