Redacción. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rechazado conceder la incapacidad permanente a una cajera de supermercado porque las lesiones que padece, consistentes en convulsiones psicógenas no epilépticas, no son invalidantes para ejercer su actividad laboral.

La Sala de lo Social del alto tribunal regional confirma así la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Juzgado de lo Social n.º 5 de Oviedo, denegando el reconocimiento de la incapacidad solicitado por la trabajadora.

En su recurso ante el TSJA, la mujer señalaba que venía siendo atendida desde el año 2017 en salud mental por un trastorno adaptativo, con seguimiento posterior desde 2020 por clínica ansioso-depresiva y pseudocrisis, con persistencia de cefalea, disminución de conciencia que se asemeja a ausencias y tratamiento con antipsicóticos.

La decisión de la Sala de lo Social del TSJA se fundamenta en que la actora causó alta en el servicio de neurología en marzo de 2023 sin tratamiento ni nuevas revisiones que muestren alguna sintomatología.

Además, consta como probado que “mantiene una vida diaria normalizada, de las tareas domésticas y, lo que es más relevante, en el cuidado de niños, realizando actividades lúdicas y otras que exigen concentración, como la lectura, así como buena relación social”, añade la Sala.

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