Recursos Humanos RRHH Press. Un total de 7.374 empleados públicos se benefician de la flexibilidad en su horario de trabajo después de la entrada en vigor en 2014 de la Orden que por primera vez establece en la Administración gallega un sistema horario adaptado a los nuevos tiempos, favorece la conciliación familiar y laboral e introduce figuras nuevas como la compensación horaria o el teletrabajo.
Según recuerda la Xunta de Galicia, el pasado mes de enero se puso en marcha en la administración gallega la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras de la Xunta de Galicia flexibilizaran su jornada de trabajo y se acogieran a la modalidad de teletrabajo siempre que ocuparan determinados puestos de trabajo y las necesidades del servicio lo permitieran.
Estas iniciativas supusieron la regulación por primera vez en Galicia del teletrabajo y la compensación horaria de los empleados públicos autonómicos, lo que está contribuyendo en la conciliación de su vida familiar y laboral.
Así pues, desde el Gobierno regional señalan que "las ventajas de la flexibilidad horaria y el teletrabajo son hoy una realidad gracias al esfuerzo llevado a cabo para su implementación, y supone una nueva concepción de la función pública en Galicia, afectando a casi 17.000 personas, entre personal funcionario y estatutario, personal que presta servicio en las entidades públicas instrumentales y personal labora".
En el campo del teletrabajo, cerca de medio centenar de empleados públicos están ya teletrabajando, por lo cual estos empleados públicos desarrollan sus tareas fuera de las dependencias de la Administración autonómica mediante el empleo de las nuevas tecnologías, con la finalidad de conseguir una mayor eficiencia en la gestión pública y contribuyendo a la conciliación de la vida familiar y laboral.
En el teletrabajo, en el caso de existir varias solicitudes en la misma unidad y que por cuestiones organizativas no fuera posible la concesión de todas ellas, se valorarán preferentemente las solicitudes de aquellos empleados públicos que acrediten conciliación de la vida familiar laboral, es decir, tener hijos o hijas menores de 12 años o personas dependientes a su cargo.
RRHHpress.com