rumaniaRecursos Humanos RRHH Press - La Comisión Europea ha aprobado esta semana la solicitud que presentaron el 13 de diciembre de 2012 las autoridades españolas para ampliar hasta el 31 de diciembre de 2013 las restricciones temporales al acceso de los trabajadores rumanos al mercado laboral español debido a la grave perturbación que afecta a este último.

Estas restricciones no pueden prolongarse más allá del final de 2013, dado que a partir del 1 de enero de 2014 todos los Estados miembros deben poner fin a las restricciones temporales a la libre circulación de los trabajadores de Bulgaria y Rumania.

La Decisión de la Comisión se basa en una cláusula de salvaguardia específica que figura en el Tratado de Adhesión de Bulgaria y Rumanía de 2005. Dicha cláusula permite a los Estados miembros que hayan levantado las restricciones a los trabajadores de Bulgaria y Rumanía volver a introducirlas posteriormente, previo acuerdo de la Comisión, si se producen graves perturbaciones en sus mercados laborales.

España abrió su mercado laboral a los trabajadores rumanos y búlgaros en 2009, pero en agosto de 2011 la Comisión la autorizó a restringir temporalmente la libre circulación de los trabajadores rumanos hasta el 31 de diciembre de 2012.

España registra niveles récord tanto de desempleo en general, con un 26,2 % frente a un 22,7 % un año antes, como de desempleo juvenil, con un 55,9 % (cifras de octubre de 2012). Las medias europeas son del 10,7 % y del 23,4 %, respectivamente. Dado que todas las regiones españolas sufren elevados niveles de desempleo, la perturbación del mercado laboral no se limita a una región particular.

Actualmente residen en España 913.000 nacionales rumanos (septiembre de 2012), lo que representa el 17 % de la población extranjera en este país, y el aumento interanual ha sido de 12.000 personas. Según la encuesta de población activa de la UE, los nacionales rumanos que viven en España sufren especialmente el problema del desempleo, puesto que un 36,4 % (de los económicamente activos) están desempleados, frente a un 23,3 % de los nacionales españoles. La tasa de empleo de los ciudadanos rumanos en edad de trabajar (15-64 años) es de tan solo el 50,8 %.

La Comisión hará un seguimiento de la situación basándose en los informes sobre el mercado laboral que España presentará cada tres meses. La Comisión se reserva el derecho a derogar en cualquier momento la Decisión por la que permite una restricción del acceso al mercado laboral español en función de la evolución de la situación de este último.

La Comisión notificará ahora su Decisión al Consejo de Ministros de la UE. Cualquier Estado miembro podrá solicitar al Consejo que modifique o anule la Decisión de la Comisión en un plazo de dos semanas laborables.

RRHHpress


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