imagen de la noticiaRecursos Humanos RRHH Press. El Consejo de Ministros ha aprobado la firma del convenio en materia de Seguridad Social entre España y China con el objetivo de garantizar la protección social de los trabajadores desplazados en uno de los dos países y evita la doble cotización a la Seguridad Social. De esta forma, se reducen los costes sociales que recaen sobre las empresas con trabajadores desplazados en uno u otro país.

El Convenio establece un plazo inicial de seis años en el que los trabajadores españoles desplazados por su empresa a una delegación en China estarán asegurados por el sistema de Seguridad Social español, en lo relacionado con las pensiones contributivas del Régimen General.

Esto significa que durante este período las cotizaciones por las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia y desempleo se harán al organismo español. Por tanto, quedarán exentos de cotizar al seguro básico de vejez para trabajadores por cuenta ajena y al seguro de desempleo de China.

Por otro lado, las cuotas por asistencia sanitaria, incapacidad temporal y por accidente de trabajo y enfermedad profesional se realizarán a la administración china.

Una vez concluido el plazo de seis años, si los trabajadores deben prolongar su estancia laboral en China, se podrá prorrogar por acuerdo de ambas administraciones.

De la misma forma, durante un periodo de seis años, las cotizaciones por los trabajadores chinos desplazados a España se realizarán a la Seguridad Social española por las prestaciones del Régimen General. Las cuotas por pensiones derivadas de contingencias comunes o accidente laboral y desempleo se efectuarán al organismo chino.

Se prevé que, una vez aprobado por el Consejo de Ministros, la firma del Convenio bilateral con la República Popular China y del Acuerdo Administrativo tenga lugar con ocasión de la reunión en Alemania de los ministros de Empleo del G-20, los próximos 18 y 19 de mayo.

RRHHpress.com

 

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