Recursos Humanos RRHH Press - La Audiencia Nacional ha estimado la demanda de Iberia contra el sindicato de tripulantes de cabina de pasajeros Stavla, y ha considerado como ‘huelga ilícita’ los paros convocados los días 13, 17, 20 y 24 de febrero de 2012, 16, 19, 23, 26 y 30 de marzo, 2, 4, 9 13, 16, 20, 23, 27 y 30 de abril, y 2, 4, 7, 11, 14, 18, 21, 25 y 28 de mayo del presente año.
Según informa la aerolínea, la Audiencia Nacional concluye que los citados paros implican una huelga ilegal por “novatoria”, al pretender alterar lo pactado en el 16º Convenio Colectivo relativo a la posibilidad de desarrollar las operaciones de Iberia Express fuera de la matriz.
De esta forma, se considera que el Convenio recogía la posibilidad específica de llevar a cabo dichas operaciones tanto dentro como fuera de la matriz, correspondiendo esta opción en exclusiva a la empresa, según lo preceptuado por el artículo 1132 del Código Civil.
Iberia ha mostrado su satisfacción por esta sentencia, y ha declarado que “estudiará los pasos que puede adoptar a partir de ahora en relación con la misma”.
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