Recursos Humanos RRHH Press - La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en sentencia de 17 de julio de 2013, ha fallado a favor de un recurso de suplicación interpuesto por la Unión Sindical de CCOO de Castilla y León, condenando a la empresa Zara abonar una indemnización de 1.500 por “esquilrolaje”, según ha informado esta semana la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO.
La sentencia considera probada la vulneración del derecho colectivo de huelga en el centro de la empresa Zara situado en el situado en el Centro Comercial Equinoccio de Valladolid el pasado día 29 de marzo de 2012, coincidiendo con el desarrollo de la Huelga General convocada por CCOO.
El sindicato señala que, en su punto tercero, la sentencia señala textualmente que “en este caso se ha producido con total obviedad un esquirolaje por sustitución de huelguistas con una trabajadora no vinculada al centro de trabajo…..”.
CCOO recuerda que la empresa trasladó el pasado 29 de marzo de 2012 a una trabajadora a este centro comercial para cubrir las tareas que efectuaban las trabajadoras que habían secundado los paros.
En su razonamiento, el TSJ de Castilla y León menciona la doctrina del Tribunal Constitucional, que resume en que “lo que puede ser licito en circunstancias normales, deja de serlo cuando se utiliza para desactivar los efectos del ejercicio del derecho fundamental de huelga…”, además de establecer, como conclusión, que “por ello, en este caso la Sala observa ilicitud en la conducta empresarial, con vulneración del derecho de huelga”.
Además, el TSJ condena a Zara a resarcir a CCOO con una indemnización de 1.500 euros, ya que “en este caso se ha lesionado un derecho fundamental, como es el de huelga, si no puede restaurarse en especie el derecho lesionado durante el periodo pasado, tal restauración habrá de hacerse fijando una indemnización…”.
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