ECIRecursos Humanos RRHH Press. La Comunidad de Madrid ha impuesto a El Corte Inglés una multa por venta a pérdidas de aceite de oliva.

Tras denunciar esta práctica la organización agraria UPA en enero de 2015, acaba de hacerse pública la sentencia que obliga al gigante de la distribución a pagar 3.005,70 euros, una sanción "irrisoria y ridícula", según los agricultores, pero que vuelve a demostrar que la venta a pérdidas "es ilegal y puede castigarse".

Para la imposición de esta sanción, la Comunidad de Madrid ha considerado probados los hechos denunciados por UPA y los ha calificado de “infracción grave” de la Ley de Comercio interior de esta región.

La denuncia que finalmente se ha convertido en multa fue interpuesta por UPA contra El Corte Inglés, Carrefour, Día y Supercor en enero de 2015 ante la Agencia estatal de Información y Control Alimentarios (AICA), que a su vez remitió el expediente a las comunidades autónomas por ser las competentes en controlar las ventas con pérdidas.

Los agricultores han mostrado su alegría por la multa, aunque han asegurado que “es evidente que es ridícula” para un gigante de la distribución como El Corte Inglés. La sanción llega en plena polémica entre el sector olivarero y la empresa de supermercados DIA, que mantiene vigente una oferta de aceite a 2,19 euros/litro, que UPA ha denunciado nuevamente.

Sanciones más rápidas y coherencia entre territorios

UPA ha reclamado un cambio en la Ley de Comercio minorista para que las denuncias se resuelvan más rápido y se traduzcan en sanciones “más fuertes y disuasorias”. Si no, a la gran distribución le seguirá compensando llevar a cabo estas prácticas, al ser mucho mayores los beneficios que obtienen con ellas, asegura UPA.

Para UPA esta sanción, que se suma a la que ya interpuso la Región de Murcia por la misma denuncia, vuelve a demostrar “la incongruencia” de las leyes de comercio, que dejan al criterio de las comunidades autónomas el hecho de sancionar o no a los que incumplen la Ley. “Si la Ley es igual para todos, y la venta a pérdidas es ilegal en toda España, entonces ¿cómo es posible que solo dos territorios lo hayan considerado sancionable?”, se preguntan los agricultores.

La Ley de la cadena alimentaria prohíbe las ofertas abusivas y el uso de productos reclamo por ser prácticas que perjudican a los productores, al hundir el precio de los alimentos y suponer un engaño a los consumidores, pues las empresas recuperan el margen perdido mediante la venta de otros productos.

UPA está a la espera de conocer la resolución del resto de denuncias que ha interpuesto contra otras empresas de la distribución y cuyo desarrollo aseguran desconocer en estos momentos, ante la opacidad con la que se manejan estos expedientes.

RRHHpress.com

 

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