imagen de la noticiaRecursos Humanos RRHH Press. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España y el de Empleo, Trabajo y Seguridad Social de Paraguay acaban de firmar el Acuerdo Administrativo de aplicación del Convenio de Seguridad Social entre ambos países, culminándose así el desarrollo de un texto que coordina los sistemas de protección social de ambos países y que incluye tres puntos esenciales.

En primer lugar, concreta el tratamiento legal en el caso de trabajadores desplazados que prorroguen su estancia en el otro país, de aquellos que presten servicios complementarios o que interrumpan la actividad antes de la conclusión del periodo de traslado inicialmente previsto. Así mismo se atienden las peculiaridades en los supuestos de personal diplomático.

En segundo lugar, el texto recoge las normas aplicables en los casos de las prestaciones de Incapacidad temporal, Maternidad y Prestaciones Familiares, así como Enfermedad Profesional y su agravación, y reconocimientos médicos.

El tercero de los puntos tiene que ver con el desglose de los organismos de enlace e Instituciones competentes de cada uno de los países firmantes encargadas de tramitar los expedientes de los ciudadanos.

Cabe recordar que en ambos países se aplica desde 2011 el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS). El CMISS incluye las prestaciones de Invalidez, Vejez, Muerte y Supervivencia y regula el desplazamiento de trabajadores. Para estas prestaciones, el artículo 8 del CMISS determina que “se aplicarán las disposiciones de aquéllos Convenios bilaterales que resulten más favorables al interesado”.

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