Redacción. Se acerca la Navidad, y con ella las comidas y cenas de empresa con el covid-19 como potencial invitado no deseado.
Ante este próximo escenario de celebraciones corporativas, reclamador, compañía online de servicios legales, ha recordado a empresarios y empleados que la empresa no puede preguntar a los trabajadores, entre otras muchas cuestiones de salud, si tienen o no el pasaporte covid de vacunación, más aún cuando algunos han llegado a sugerir que a estos eventos acudan exclusivamente quienes cuenten con ese documento.
El derecho a la intimidad permite al trabajador no tener que revelar cuestiones sensibles y personales, incluyendo las relacionadas con la salud.
La vacunación no ha sido obligatoria en España, y es cada ciudadano, individualmente, quien tiene que valorar el riesgo/beneficio de ponerse la vacuna, tanto la del covid-19 como cualquier otra que esté en el calendario de vacunación.
Por ello, reclamador destaca que la empresa tampoco puede pedir que sus trabajadores estén vacunados, pero sí puede tomar algunas medidas de recomendación, como, por ejemplo, poner a disposición de los trabajadores comedores para no vacunados o test gratuitos.
¿Y si es la comunidad autónoma la que obliga a mostrar el pasaporte covid para poder acceder al restaurante donde tendrá lugar la celebración?
Según explica la compañía de servicios legales, si se trata de una obligación impuesta por la comunidad autónoma, avalada por los tribunales, como ha sucedido, por ejemplo, en Cataluña para el ocio nocturno y hostelería, en este caso no hay más remedio que cumplir con lo establecido. Ya no sería una obligación de la empresa, sino del propio local que tiene que solicitarlo.
¿Puede la empresa obligar a los trabajadores a realizarse un test de antígenos o PCR para acudir a la cena de Navidad?
La empresa tampoco puede obligar a sus trabajadores a realizarse un test de detección del coronavirus para acudir a la comida o cena de Navidad, pero sí podrá impedir que los trabajadores que no se quieran someter a la prueba puedan asistir a dicha celebración con el objetivo de garantizar la seguridad de todos.
En ese sentido, el equipo legal de reclamador advierte de que, “tratándose de una cuestión que afecta a la prevención de los riesgos laborales, la empresa puede tomar la decisión de impedir la participación del trabajador en el evento como parte de esa prevención para el resto de los empleados”.
En cualquier caso, la recomendación es que, ante cualquier síntoma o sospecha de coronavirus, el trabajador se realice un test o acuda a su centro de salud.