Redacción. El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) ha activado un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo que cuenta con una financiación de 300.000 euros para subvencionar su funcionamiento.
Las organizaciones sindicales beneficiarias para la prestación de este servicio son Comisiones Obreras (CCOO) Andalucía, la Unión Sindical Obrera (USO) de Andalucía y UGT Andalucía.
Gracias a este servicio, cualquier mujer que sufra algún tipo de discriminación por razón de sexo en el trabajo o en cualquier ámbito contencioso, incluido el administrativo, puede solicitar este programa a través del teléfono de información a las mujeres (900 200 999), de los Centros Provinciales de la Mujer, uno en cada capital andaluza, y de los Centros Municipales de Información a la Mujer (CMIM), de los que hay 179 en Andalucía.
Además, no es necesario que las mujeres estén afiliadas a ningún sindicato para ser atendidas.
Este programa tiene como finalidad ofrecer información, asesoramiento, acompañamiento e intervención en la defensa, incluida procesal, de los derechos de las mujeres y en la búsqueda de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en todo el ámbito territorial de Andalucía.
A esta subvención pueden acceder las organizaciones sindicales reguladas por la Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto de Libertad Sindical con implantación en toda Andalucía, así como aquellas entidades sin ánimo de lucro que estén vinculadas y participadas al 100 % por las organizaciones sindicales y a través de las cuales se realiza el asesoramiento y defensa jurídica de las trabajadoras.
Igualdad de oportunidades
Mediante el Servicio de Defensa Legal de mujeres se ofrece de manera gratuita información, asesoramiento e intervención en la defensa jurídica y procesal de los derechos laborales de las mujeres que sufren algún tipo de discriminación laboral por razón de género, así como en la búsqueda de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
Este programa cubre la discriminación en el acceso al empleo, ya sea en los procesos de selección o en la contratación, en el mantenimiento del puesto de trabajo por razón de sexo; la discriminación salarial por diferencias retributivas en categorías, clasificaciones profesionales, pluses, etc, en la promoción y ascensos con criterios subjetivos discriminatorios; la discriminación por temas relacionados con la maternidad, la conciliación de la vida laboral, familiar y personal (despido, modificación de las condiciones sustanciales de trabajo, vulneración de derechos fundamentales, reducciones de jornada, excedencias, lactancia, etc).
También actúa en los casos de acoso sexual, acoso moral por razón de sexo, derechos laborales de las víctimas violencia de género y de las mujeres en sectores feminizados y precarios, así como la vulneración de cualquier otro derecho de la mujer que produzca discriminación por razón de género en el ámbito laboral.